aptos para la aplicación y generación de conocimientos que les proporcionen las habilidades para la solución de problemas, con pensamiento crítico, sentido ético, actitudes emprendedoras, de innovación y capacidad creativa para la incorporación de los avances científicos y tecnológicos que contribuyan al desarrollo nacional y regional.
II. Entre sus atribuciones está la de establecer programas y proyectos para la conformación de redes de cooperación e intercambio académico entre los institutos tecnológicos, unidades y centros de investigación y otras instituciones de educación superior públicas o privadas, nacionales o extranjeras, de acuerdo a lo señalado en
el artículo 3º, fracción XIII, de su Decreto de Creación.
III. Con fundamento en el artículo 8º, fracción II del Decreto que crea el Tecnológico Nacional de México, su Director General tiene la facultad para celebrar convenios,
bases de coordinación, acuerdos institucionales y toda clase de instrumentos jurídicos relacionados con el objeto y atribuciones del “TECNOLÓGICO”.
IV. Dentro de sus objetivos esta implementar programas que permitan la vinculación de «EL TECNOLÓGICO», así como de «LOS INSTITUTOS, UNIDADES Y CENTROS» con los sectores público, social y privado, a fin de coadyuvar a la solución de las necesidades regionales, que permitan mejorar los niveles de productividad y competitividad estatal, regional y nacional.
CONVOCATORIA TecNM-KYUTECH-AEMEl